Valoraciones de Mutriku Natur Taldea sobre la propuesta de resolución sancionadora que ha formulado la instructora de la Agencia Vasca del Agua contra la empresa explotadora de la cantera de Sasiola
La Agencia Vasca del Agua juega con fuego y eso es muy peligroso, porque no ha consultado oficialmente a la Servicio Provincial de Costas en Gipuzkoa sobre los datos que dicha Administración posee sobre el asunto: no consta en el expediente que dicha Administración costera sea interesada, porque la propia Agencia no le ha dado oficialmente traslado del expediente. Creemos que ello sustrae pruebas importantes a la causa.
Nuestra asociación MNT denunció primeramente el hecho, de que la empresa Zeleta, había ocupado ilícitamente una parte de la zona de Servidumbre de Protección sin que nadie antes lo hubiera hecho público, ni que constara de la preceptiva autorización administrativa, ante Dpto. de Medio Ambiente del Gobierno Vasco pero esta administración no actuó, hasta que fue solicitado el amparo y la implicación del Servicio Provincial de Costas por la realización de obras de explotación de la cantera Sasiola sin autorización, ocupando en parte la zona de servidumbre de protección del dominio público marítimo-terrestre. En aquella época también fueron informados tanto el Ayuntamiento de Deba como la Diputación Foral de Gipuzkoa, que bien poco o nada hicieron (consta que la DFG siguió otorgando permisos de voladuras en la zona y el Ayuntamiento nada hizo para paralizar la licencia de actividad).
La instructora no ha atendido la propuesta que MNT indicó para realizar las periciales y con ello ha sustraído documentos importantes al expediente, como por ejemplo la existencia de los planes de labores anuales que la empresa tiene obligación de presentar para su aprobación por la Jefatura de la Oficina Territorial de Gipuzkoa del Dpto. de Industria, Comercio y Turismo. No constan en el expediente porque no los han solicitado y son documentos oficiales. Juega con fuego.
Que cuando la instructora del caso en su resolución indica que es inviable la práctica de indagar mediante una pericial el tiempo que la empresa lleva explotando la zona y el beneficio que ha obtenido, lo que hace es un flaco favor al conocimiento y resolución del caso actuando arbitrariamente, puesto que por una parte el propio Departamento de Cultura de la Diputación Foral de Gipuzkoa posee datos de las voladuras afectadas en la zona de servidumbre de protección, porque así quedaba indicado como responsables de las autorizaciones de las intervenciones sujetas a control por el Decreto 120/2007 que declaraba Monumento a la cueva de Praileaitz, además por otra parte los propios planes de labores mineros y las múltiples noticias publicadas en los diferentes medios informativos, por ejemplo la caída de grandes piedras por causa de la voladura del día 14 de junio de 2007. Así que la instructora, fruto de su aparente bajo interés, no ha buscado bien en donde están los datos importantes. Práctica habitual: Mira para otro lado y juega con fuego.
Que cuando la instructora califica la infracción como “leve” lo que está haciendo es rebajar la responsabilidad de restaurar la zona a escasamente un año de actividad retroactiva, puesto que la Ley de Costas marca el plazo de prescripción de un año para tal infracción. Aquí está el verdadero nudo gordiano del asunto y nuestra Asociación va a presentar en breve alegaciones en el sentido de proponer lo que ya propuso anteriormente, que la infracción sea calificada como GRAVE, puesto que es grave, aduciendo dos preceptos graves claramente indicados en la Ley de Costas, la extracción no autorizada de áridos y la utilización de la zona de servidumbre para los usos no permitidos por la Ley de Costas. La empresa lleva mas de 4 años explotando la zona ilícitamente y ahora no puede quedar impune. Es muy sintomático que la alteración de un hito de deslinde esté conceptuado como una infracción grave y sin embargo la instructora solo haya visto que la infracción es leve en este caso. El plazo de prescripción para las infracciones graves es de cuatro años, lo que está claro para poder reclamar a la empresa la totalidad de la responsabilidad legal sobre los estropicios realizados en la zona. Esta asociación ha dado la vuelta al tema y va a seguir presionando con todos los argumentos legales a nuestro alcance, para que la resolución sea lo mas justa posible. Mantenemos abierta la cuenta a favor de 1 euro por Praileaitz y ya hemos recaudado algo mas de 3.300 euros, gracias a las donaciones recibidas.
El caso de Sasiola-Praileaitz es el primer asunto importante que ha sido incoado por la Agencia Vasca del Agua y aunque ha quedado acreditado que la empresa Zeleta no posee el preceptivo título administrativo que pudiera amparar sus trabajos de explotación en al área, gracias a la denuncia de nuestra Asociación, ahora no vamos a permitir que se rebaje un ápice su responsabilidad exigiendo tanto a la Agencia Vasca del Agua como a la Consejería de Medio Ambiente del Gobierno Vasco que no actúen favoreciendo al infractor, sino que investiguen y resuelvan con todas las consecuencias legales, conforme a derecho. Y que no jueguen con fuego.
MNT
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